AYUDAS ACTUACIONES EFICIENCIA ENERGETICA INDUSTRIA DE LA ALIMENTACIÓN Y FABRICACION DE BEBIDAS

Objeto de las ayudas eficiencia energética

Las actuaciones objeto de ayudas eficiencia energética habrán de conseguir una reducción de las emisiones de dióxido de carbono y del consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética con respecto a su situación de partida, y cumplir con las condiciones establecidas tanto en el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, como en la Orden 162/2019, de 25 de septiembre, que rige dichas ayudas, debiendo justificarse tanto el ahorro energético como la reducción de las emisiones de CO2 que vayan a obtenerse.

Tipos de Ayudas eficiencia energética

Las actuaciones de ahorro y eficiencia energética encuadrarse en una o varias de las siguientes tipologías:

a) Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.

  • Inversiones en sustitución de equipos e instalaciones, así como sistemas auxiliares consumidores de energía, por otros que utilicen tecnologías de alta eficiencia energética o la mejor tecnología disponible

b) Implantación de sistemas de gestión energética.

  • Inversiones para la implantación de sistemas de gestión energética con objeto de reducir el consumo de energía.

Ejecución de las actuaciones eficiencia energética

Las actuaciones objeto de las mismas no podrán haberse iniciado con anterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda

Cuantías límite subvencionadas

a) El 30 % de la inversión elegible del proyecto

  • Para actuaciones de mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales, el importe mínimo de inversión requerido será de 10.000 euros.
  • Para actuaciones de Implantación de sistemas de gestión energética, el importe mínimo de inversión requerido será de 5.000 euros.

b) La cuantía máxima que se establece para actuaciones de eficiencia energética tendrán en cuenta cualesquiera otras ayudas percibidas para la misma finalidad. Los porcentajes a aplicar sobre el coste subvencionable serán los siguientes en función de la tipología de la empresa:

  • Gran empresa: 35%
  • Mediana empresa: 45%
  • Pequeña empresa: 55%

c) La cuantía máxima de ayuda por solicitud, será de 450.000 €.

Por favor síguenos y dale me gusta:
error
fb-share-icon

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies